El diario 20 minutos nos cuenta que literalemnte que los datos que circulan por eMule no est?protegidos por derecho a intimidad:
- Seg?na sentencia del Tribunas Supremo.
- Avala los rastreos inform?cos de la Polic?
- Anula una sentencia que absolvi?una mujer por difusi?e pornograf?infantil.
Para leer el resto del art?lo y link sigue en LEER MS>>>
Como esta ma? me siento un poco «vago» os copio la noticia literalmente:
El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia que los datos que circulan a trav?del programa eMule se convierten en p?cos para los usuarios de Internet y no est?protegidos por el derecho a la intimidad ni el derecho al secreto de las comunicaciones, por lo que la Polic?/strong> puede acceder a ellos.
La sentencia avala los rastreos inform?cos del equipo de Delitos Telem?cos de la Polic?Judicial de la Guardia Civil en Internet y anula una de la Audiencia de Tarragona que absolvi? un delito de facilitaci?e la difusi?e material de pornograf?infantil a una mujer usuaria de eMule de Pineda (Tarragona).
?ta realiz?squedas de archivos y algunos resultaron contener pornograf?infantil que borr? su ordenador y que detect? Polic?
La resoluci?e la sala de lo penal del TS estima el recurso del fiscal contra la referida sentencia, que absolvi?Mar?del Carmen G. tras declarar nula la prueba en que se sustentaba la acusaci?or estimar vulnerado el derecho al secreto de las comunicaciones.
Quien utiliza un programa P2P, en nuestro caso eMule, asume que muchos de los datos se convierten en p?cos para los usuarios de internet
El Alto Tribunal ordena a la Audiencia de Tarragona que dicte otra sentencia, condenando o absolviendo a la acusada, en la que se tenga en consideraci?omo pruebas leg?mas las que declar?las.
Para el Supremo «al verificar los rastreos la Polic?Judicial estaba cumpliendo con su funci?e perseguir delitos y detener a los delincuentes que los cometen, siendo leg?mos y regulares los rastreos efectuados«.
La Guardia Civil en octubre de 2005 aprovech? celebraci?n Sevilla del IV Foro Iberoamericano de Ciberpolicias para iniciar b?edas en Internet rastreando las redes de intercambio de archivos para averiguar aquellos usuarios que descargasen o compartiesen archivos con pornograf?infantil.
En base a dichos rastreos realizados sin autorizaci?udicial obtuvieron un listado de claves de acceso que los proveedores de servicios de Internet asignan a cada ordenador en el momento en el que se conecta a Internet que permiten identificar el n?o telef?o desde el que se produce la conexi?
Dicho listado fue presentado en un juzgado de Sevilla al que reclamaron una orden para que los proveedores de servicios de internet identificasen al titular de las referidas claves.
As?se acord? entrada y registro en el domicilio de Mar?del Carmen G. y se le intervino su ordenador.
La mujer usaba eMule para obtener archivos de fotograf? m?a y pel?las, cuya selecci?fectuaba introduciendo palabras clave como «beb?, «mam?, «pap?, «ni? o «mam?con beb?, «sin que quede acreditado que pretendiera obtener a trav?de dichas b?edas archivos que contuvieran pornograf?infantil».
«Quien utiliza un programa P2P, en nuestro caso eMule, asume que muchos de los datos se convierten en p?cos para los usuarios de Internet, circunstancia que conocen o deben conocer los internautas, y tales datos conocidos por la Polic? datos p?cos en Internet, no se hallaban protegidos por el art?lo 18-1º ni por el 18-3 de la Constituci? concluye.
Link original