Un juzgado emite sentencia de culpabilidad al banco

por | 17/01/2012

Lo veo, lo leo y no lo creo. Un juez en Lleida con dos de los que hay que tener y más, ha osado a rebelarse contra lo establecido y le ha dicho al Banco Pastor que si la cosa está jodida, para ellos también. Estoy que lo flipo en colorines…

Banco Pastor de Lleida
Un juzgado de Lleida ha impedido a un banco embargar el salario y las propiedades a dos hermanos marroquíes que se hipotecaron en 2005 para comprar un piso y lo perdieron al no poder pagar las cuotas cuatro años después.

El Banco Pastor, que se adjudicó la vivienda en una subasta por el 50% del valor de tasación, les reclamaba 66.000 euros que, supuestamente, debían una vez entregadas las llaves. El decreto, que considera saldada la deuda, señala a los bancos como responsables de la crisis inmobiliaria y se pregunta si no deberían soportar las entidades bancarias parte del descenso que se ha producido en el precio de los pisos.

El banco ha recurrido la resolución, dictada el pasado 29 de diciembre.

El decreto asume las conclusiones de dos resoluciones de las audiencias de Navarra y Girona favorables a aceptar la dación en pago, es decir, que la entrega del piso liquide la deuda. El propio banco “incorpora en su patrimonio un inmueble que él ha tasado libremente, pero ahora le computa un precio muy inferior a esa valoración”, razona el escrito.

El Banco Pastor tasó el piso en 219.000 euros en 2005, pero se lo adjudicó por la mitad (109.000 euros) unos años después. La diferencia entre esa cantidad y la deuda hipotecaria (más intereses, costas y gastos del procedimiento) es lo que el banco sigue reclamando. Como en el caso de las audiencias de Girona y Navarra, la resolución califica de “abuso de derecho” y “enriquecimiento injusto” las intenciones de la entidad.

¿Que hay que hacer? Dación en pago ya… a ver si evolucionamos un poco…

Por cierto… en su web no veo hipotecas…¿porqué será?